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Requisitos migratorios

 para salir de Guatemala

  • Pasaporte vigente en buen estado
  • La visa correspondiente (en el caso que al país donde viaje necesite visa para su ingreso)
  • Realizar la entrevista respectiva

En el caso de extranjeros, recibo original de pago de multa por exceso de permanencia autorizada y si no lo presenta, deberá realizar el pago al momento de realizar su chequeo migratorio, asimismo si está tramitando residencia ya sea temporal o permanente, debe presentar el permiso de salida respectivo.

  • Pasaporte vigente
  • Actualización de datos 
  • Pago de cuota anual.

Presentar Constancia de Estatus Migratorio válida y vigente

(Según acuerdo IGM-16-2025)

Si una niña, niño o adolescente saldrá del país es obligatorio presentar los siguientes documentos:

  • Pasaporte vigente.

Certificado de nacimiento vigente emitido por el RENAP.

1. SI ES ACOMPAÑADO DE AMBOS PADRES:

No necesita ninguna autorización.

2. SI ES ACOMPAÑADO UNICAMENTE POR UNO DE LOS PADRES:

Puede presentar cualquiera de los siguientes documentos, otorgado por parte del padre que no acompaña al menor en el viaje:

  • Mandato (Original y copia)
  • Acta de declaración jurada (Original)
  • Carta poder con firma legalizada (Original)
  • Documento emitido por la autoridad diplomática o consular competente de Guatemala en el exterior. (Original)
  • Documento emitido por autoridad jurisdiccional competente que autorice la salida del menor o cualquier otra circunstancia extraordinaria en materia migratoria. (Copia)

3. SI ES ACOMPAÑADO DE UNA TERCERA PERSONA:

Puede presentar cualquiera de los siguientes documentos, otorgado por ambos padres. (Los padres pueden emitir la autorización conjuntamente en un documento o por separado, según sea conveniente para ellos).

  • Mandato (Original y copia)
  • Acta de declaración jurada (Original)
  • Carta poder con firma legalizada (Original)
  • Documento emitido por la autoridad diplomática o consular competente de Guatemala en el exterior. (Original)
  • Documento emitido por autoridad jurisdiccional competente que autorice la salida o cualquier otra circunstancia extraordinaria en materia migratoria. (Copia)

4. SI UNO DE LOS PADRES DEL HA FALLECIDO:

Debe presentarse certificado de defunción emitido por el RENAP. (Si el padre superviviente no acompaña en el viaje, este debe presentar autorización conforme a lo indicado en el numeral 2).